TALLAS MÍNIMAS



Para todo pescador es importante conocer las especies pescables y las tallas mínimas autorizadas en España.

Las especies y tallas mínimas se determinan por normativa estatal.

Tal como se indica en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, "En el ejercicio de la pesca marítima de recreo solo se podrán aquellas especies autorizadas de peces y cefalópodos que aparecen en el anexo I del Real Decreto 347/2011 de 11 de marzo, debiendo respetar, en todo caso, las tallas mínimas establecidas en el Real Decreto 560/1995 de 7 de abril, por el que se establece las tallas mínimas de determinadas especies pesqueras u otra normativa aplicable.

De acuerdo al Real Decreto 560/1995 de 7 de abril, España se divide en cuatro caladeros de pesca, a efectos de tallas mínimas:

1.     Cantábrico-Noroeste: Costas del País Vasco, Cantabria, Asturias y Galicia.

2.     Golfo de Cádiz: Zona de Cádiz y Tarifa.

3.     Mediterráneo: Costas de Cataluña, CC Valenciana, Murcia, Islas Baleares y Andalucía Oriental.

4.     Canarias: Costas de las Islas Canarias.

En cada zona las tallas mínimas son diferentes. Nosotros hablaremos de las especies pescables y tallas mínimas del Caladero Mediterráneo que se pueden consultar en la siguiente tabla:



Pezqueñines No gracias ...