TALLAS MÍNIMAS
Para todo pescador es importante conocer las especies pescables y las tallas mínimas autorizadas en España. Las especies y tallas mínimas se determinan por normativa estatal. Tal como se indica en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, "En el ejercicio de la pesca marítima de recreo solo se podrán aquellas especies autorizadas de peces y cefalópodos que aparecen en el anexo I del Real Decreto 347/2011 de 11 de marzo , debiendo respetar, en todo caso, las tallas mínimas establecidas en el Real Decreto 560/1995 de 7 de abril , por el que se establece las tallas mínimas de determinadas especies pesqueras u otra normativa aplicable. De acuerdo al Real Decreto 560/1995 de 7 de abril , España se divide en cuatro caladeros de pesca, a efectos de tallas mínimas: 1. Cantábrico-Noroeste: Costas del País Vasco, Cantabria, Asturias y Galicia. 2. Golfo de Cádiz: Zona de Cádiz y Tarifa. 3. Mediterráneo: Costas de Cataluña, ...